¿Qué documentación hace falta para transferir una embarcación?
Lo básico: DNI de comprador y vendedor, el contrato de compraventa (lo redactamos si no existe), la documentación registral de la embarcación —hoja de asiento o certificado de registro— y el justificante de liquidación del impuesto, que preparamos nosotros. Según el caso pueden hacer falta certificados adicionales; al estudiar tu encargo te damos la lista exacta y cerrada.
¿Las motos de agua se transfieren igual?
Sí: las motos náuticas se registran como las embarcaciones de recreo y su cambio de titularidad sigue el mismo camino — impuesto y Capitanía Marítima. Recuerda además que la moto de agua exige seguro de responsabilidad civil obligatorio y titulación para manejarla; te dejamos ambas cosas encarriladas.
¿Qué impuestos se pagan al comprar un barco usado?
En la compra entre particulares se liquida el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales sobre el valor de la embarcación ante la comunidad autónoma. Calculamos la cuota, defendemos una valoración realista y presentamos el modelo — el justificante es imprescindible para que Capitanía tramite el cambio.
¿Cuánto tarda el cambio de titularidad?
La liquidación del impuesto es inmediata; el expediente ante la Capitanía Marítima depende de su carga de trabajo, pero lo habitual son unas semanas. Nosotros lo presentamos completo a la primera —que es donde se pierden los meses— y te avisamos en cuanto hay resolución.
¿Cuánto cuesta?
Depende del tipo de embarcación y de su situación registral, así que trabajamos con presupuesto cerrado tras ver tu caso: te desglosamos honorarios, impuesto y tasas antes de empezar, sin sorpresas. Pídelo por el formulario o por WhatsApp y te respondemos en 24 horas laborables.