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La presentación del modelo 347 se adelanta a enero (SUSPENDIDO para el correspondiente al año 2017 se mantienen los plazos anteriores del 1 al 28 de Febrero)

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El Ministerio de Hacienda en el BOE de 18 de Noviembre ha cambiado las fechas de presentación de cuatro modelos de declaraciones anuales, entre ellos, el modelo 347 de operaciones con terceros que habitualmente se rellena y entrega desde el 1 hasta el 28 de febrero.

El cambio de calendario, que también lo experimentarán los modelos 171,184,345, pretende según palabras textuales de Hacienda “homogeneizar los plazos de presentación de las declaraciones informativas y mejorar la calidad de los datos fiscales”.

Esta justificación no convence a los asesores fiscales quienes el próximo enero tendrán el mismo tiempo para más carga de trabajo. Precisamente enero es un mes especialmente complejo para las obligaciones tributarias de las empresas que ha de presentar modelos trimestrales y anuales que a continuación detallaremos y cuyo plazo de presentación cubre prácticamente la totalidad del mes a diferencia del resto de trimestres.

El próximo enero la presentación del modelo 347 de operaciones con terceros se añadirá al resto de modelos que tienes la obligación de presentar en el primer mes de 2018 en función de tu actividad. Estos son:

  • Modelo 303 de autoliquidación trimestral de IVA y su modelo homólogo pero de carácter anual 390.
  • Modelo 130 de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF.
  • Modelo 115, declaración trimestrales de las retenciones por alquileres y su modelo homólogo de carácter anual 180.
  • Modelo 111 trimestral de retenciones a trabajadores, profesionales o empresarios junto al modelo 190 anual.
  • Modelo 349 de operaciones intracomunitarias y modelo 309 de autoliquidación de IVA de operaciones intracomunitarias no periódicas en recargo de equivalencia.
  • Modelo 368 servicios prestados por vía electrónica.
  • Y desde enero de 2018, modelo 347.

¿Es homogeneizar los tiempo de presentación de impuestos el verdadero objetivo de este adelanto? Hay que entender que mediante este modelo Hacienda controla el fraude fiscal a través de la comparativa entre los datos aportados por proveedor y cliente. Por tanto, si se acorta el plazo de presentación el declarante cuenta con menos margen de tiempo para cotejar información con el proveedor.

 

Desde Gestinova Asesores de empresa os podemos ayudar a cumplir con todas las obligaciones fiscales, contables, laborales o de auditoria que tienen las empresas, así que si tienes alguna duda envíanos un email o llámanos al 986 843530 y te ayudamos. Os seguiremos informando.

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