Desde la reforma del Real Decreto-ley 26/2021 puedes elegir el método de cálculo que menos te haga pagar. Esta calculadora resuelve los dos —el objetivo, sobre el valor catastral del suelo, y el real, sobre la ganancia obtenida— y te dice cuál conviene y cuánto te ahorras.
Si no hubo incremento de valor, la plusvalía no se paga — pero hay que acreditarlo bien. Y en herencias, la liquidamos junto con el Impuesto de Sucesiones para que no se te pase ningún plazo.